REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta (30) de septiembre del dos mil tres.-
193º y 144º
Por cuanto el DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES, Juez Titular de este Tribunal se reincorporó a sus labores, se AVOCA al conocimiento de la presente causa, y jurada como ha sido la urgencia del caso, habilítese todo el tiempo que sea necesario en el día de hoy y vista la diligencia anterior, de esta misma fecha, estampada por el abogado JOSE VITOS, en su carácter de autos, mediante la cual solicita copia certificada del escrito cursante a los folios (56 y 57) del expediente, este Tribunal lo acuerda y ordena expedir por secretaria las copias fotostáticas certificadas solicitadas, así como de la diligencia y del presente auto, previa su certificación de aquellas que puedan ser certificadas, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos.-
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA
---En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13496
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente Nº 13496, contentivo del juicio de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por LUIS E. RODRIGUEZ, contra MILAGROS SALAS. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, treinta (30) de septiembre del año dos mil tres (2003).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA