REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXPEDIENTE N°: 2108-2000
PARTE ACTORA: ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A, ubicada en la calle Ribas, Edificio “Centro Empresarial”,, piso 02, oficina N° 2°, Los Teques, Estado Miranda.
PARTE DEMANDADA: Empresa CHABORINA DISEÑOS C.A, ubicada en la Calle José Manuel Álvarez, Centro Comercial Porto Santo, Piso 6, Municipio Carrizal, Estado Miranda.
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO.
I
Se inicio el presente juicio mediante demanda incoada en fecha cinco (05) de mayo de 2000, por la ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A, en contra de la empresa CHABORINA DISEÑOS C.A, por motivo de RESOLUCION DE CONTRATO, el cual fue admitido por este Juzgado en fecha 05-05-2000.
II
De la revisión de las actas procesales que conforman este expediente, se evidencia que desde el día veinte y cinco (25) de mayo de dos mil (2000), fecha en que se hizo la última actuación, ha transcurrido más de un año y la parte actora no ha realizado ninguna diligencia tendiente a dar cumplimiento a la obligación que le impone la Ley para que sea practicada la citación de la parte demandada, conducta omisiva que es sancionada por el Legislador, con la figura de la perención de conformidad con el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y así se declara.
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION y en consecuencia, extinguida la instancia. Asimismo se ordena la remisión del presente expediente al ARCHIVO JUDICIAL de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, constante de DÍEZ Y SIETE (17) folios útiles, désele salida. Librese oficio.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. A los díez y ocho (18) días del mes de Septiembre de dos mil tres (2003).
La Juez,
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Dra. Liliana A. González G.
El Secretario,
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Abg. José Antonio Freitas.
En esta misma fecha de hoy, siendo las 11:00 am, se publico y registro la presente decisión, previo anuncio de Ley.
El secretario,
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Abg. José Antonio Freitas.
Exp. Nº: 2108-2000
Lagg/Jaf7Jg.
Legajo N° 122
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