REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de la profesional del derecho Dra. MARIA EVELINA LILIANA actuando en su carácter de apoderada de la ciudadana MARIA DEL CARMEN BLASCO DE MATA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 6.282.379, QUIEN FUNGE COMO Directora de la empresa mercantil ESTACIONAMIENTO DE TRANSITO RAMO VERDE S.R.L.
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Publíquese, Regístrese, Notifíquese a la parte solicitante, Déjese Copia autorizada. Cúmplase.-
LA JUEZ
WENDI Y. SAEZ RAMIREZ
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.
LA SECRETARIA
CAUSA N° 1C 18475/03
WSR/VZ/ws.