REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
En atención a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: De conformidad con los artículos 312 y 8 del texto adjetivo penal y del artículo 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, realizar la Entrega del vehículo objeto de la presente audiencia al ciudadano FELIX GREGORIO ACOSTA CASTRO Titular de la cédula de Identidad Nº 6.873.282, imponiéndole la obligación de presentarlo cada treinta (30) días ante la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico, asimismo, con la obligación de ponerlo a la disposición del Ministerio Público las veces que le sea requerido; en consecuencia se ordena oficiar al estacionamiento Ramo Verde lugar en donde se encuentra en calidad de deposito el referido vehículo a los fines de que se realice la entrega del mismo. Se remitirán las actuaciones a la Fiscalía actuante en el lapso legal correspondiente. Quedaron notificadas las partes de la presente audiencia.
Publíquese, Regístrese, Diarícese, Déjese copia autorizada. Cúmplase.-
LA JUEZ
Dra. WENDI Y. SAEZ RAMIREZ
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.
LA SECRETARIA
ACT. 1CS- 1314-03
WYSR/VZV.-