REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES


Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, pasa a tomar los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: Se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal ordinario. SEGUNDO: Se insta a la Fiscal del Ministerio Público a practicar el correspondiente examen toxicológico al imputado. TERCERO: Se acuerda la libertad inmediata del imputado OVIEDO NELSON ENRIQUE, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.852.245, residenciado en Macarena Sur, Edificio E-YP, piso 2, Apto. 2E, Los Teques, hijo de Marisol Cáceres Oviedo y Gonzalo Cárdenas (ambos vivos). Asimismo, se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscal del Ministerio Público solicitante a los fines de que continúen las investigaciones por las disposiciones del procedimiento ordinario. Así se decide. Líbrese Boleta de Excarcelación. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Auxiliar Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Publíquese, regístrese y líbrese boleta de excarcelación.

EL JUEZ,

DR. JOSÉ AUGUSTO RONDÓN

LA SECRETARIA,

DRA. MARZOLAYDE CHACÓN

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
DRA. MARZOLAYDE CHACÓN
ACT. N° 2C 23029-03
JAR/MC/jar.-