REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES seguidas en contra del ciudadano: LINARES MONTILLA MAIKEL JACOBO, SEGUNDO: DECRETA EL CESE DE TODAS LAS MEDIDAS DE COERCIÓN, CAUTELARES Y DE ASEGURAMIENTO que hayan sido impuestas al referido ciudadano; TERCERO: DECRETAR EL CESE DE LA CONDICION DE IMPUTADO del ciudadano: LINARES MONTILLA MAIKEL JACOBO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 314 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en los ordinales 1°,2° y 4° del artículo 285. 26 Ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo previsto en los artículos 1, 4 y 11 ordinales 1, 2, 3, y 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 1, 11,24 108 ordinales 4, 5, y 7, y 112 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en artículo 8 numeral 1 de la Convección Americana Sobre los Derechos Humanos ó “PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA”, el numeral 3 del artículo 9, de la Ley Aprobatoria del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Una vez notificada la Defensa, remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.-
LA JUEZA


AURA ELENA GUZMAN DIAZ
LA SECRETARIA

YULYMAR TORRES ACHAN

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto precedente.

LA SECRETARIA

YULYMAR TORRES ACHAN


CAUSA N° 3C6717.01.-