REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todas las razones de hecho y de derecho procedentemente expuestas este Tribunal TERCERO de PRIMERA INSTANCIA en FUNCIONES DE CONTROL del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en al ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DERETA LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano BRICEÑO SANCHEZ MIGUEL ANGEL venezolano, natural de Caracas, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Almacenista, hijo de Mirla Sánchez (v) y de Miguel Ángel Briceño (v), residenciado en Lagunetica, vía San Omero, calle el Tanque, casa N° 20, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la cédula de identidad N° 13.583.891 por la presunta comisión del delito precalificado por la Vindicta Pública como ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 3, 5, y 12 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo Automotor, perpetrado en las circunstancias de modo, tiempo y lugar señalado, en virtud de estar llenos los extremos exigidos en el artículo 250 en relación con el artículo 251 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena como sitio de reclusión el Internado Judicial de Los Teques, Estado Miranda. Líbrese Boleta de Encarcelación y oficio anexo dirigido al Director del up supra señalado internado.
Regístrese, publíquese, déjese copia autorizada y librese boleta y oficio. CÚMPLASE
LA JUEZA

AURA ELENA GUZMAN DIAZ LA SECRETARIA

YULYMAR TORRES ACHÁN

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA

YULYMAR TORRES ACHÁN

Act. N° 3C-23538-03
AEGD/YT/liz.-