REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES


DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de control del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Analizadas las actas que integran el presente expediente, este Tribunal deja constancia que tuvo a su vista dos (02) envoltorios de papel aluminio de tamaño pequeño, contentivo en su interior de una sustancia compacta (piedra) de presunta droga, y una pipa de fabricación casera. SEGUNDO: Por cuanto de conformidad con lo establecido en el artículo 22 podríamos estar en presencia de un consumo, por no estar llenos los extremos del artículo 250 Código Orgánico Procesal Penal y oída la exposición del Ministerio Publico se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano MAGO JHONNY RUBEN. TERCERA: considera este Juzgado que existen elementos que recabar en el presente procedimiento, en consecuencia, se Ordena se sigan las investigaciones por el procedimiento ordinario a tenor de lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal se remitirán las presentes actuaciones en su oportunidad legal al Ministerio Público. Y ASI SE DECLARA.
LA JUEZ

NATTY MEDINA BARRIOS