REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
RESUMEN DE LA DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de control del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Que no se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, para decretar la Flagrancia en el presente caso, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es decretar la LIBERTAD PLENA del ciudadano ZAMBRANO PARRA CARLOS IVAN, quien dice ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.843.020, de 37 años de edad, residenciado en el Sector Boleíta Sur, Barrio La Lucha, Callejón Móvil, Casa N° 5, Los Teques Estado Miranda, de profesión u oficio Obrero. SEGUNDO: por considerar este Juzgado que existen elementos que recabar procedimiento, en consecuencia , se ordena se sigan las investigaciones por el procedimiento ordinario a tenor de los establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena en consecuencia reemitir las presentes actuaciones en su oportunidad legal al Ministerio Público. TERCERO: Se ordena expedir las correspondientes copias certificada de la exhibición de la droga al Fiscal del Ministerio Público.Quedan Notificadas las partes de la presente decisión de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los (03) días del mes de septiembre del año dos mil tres (2003). Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
LA JUEZ
NATTY MEDINA BARRIOS
ACT. Nº 5C-22677-03
NMB/albam.
LA JUEZ
NATTY MEDINA BARRIOS