REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. CYNDIA GONZALEZ ESPINOZA, en su carácter de Defensora Penal Pública del ciudadano ALEXANDER ENRIQUE PERALTA SOLANO, la cual motivara examen de mantenimiento de medida cautelar sustitutiva de privación preventiva de libertad por parte de este órgano jurisdiccional, al amparo del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, considerando procedente y ajustado a derecho la revisión de la medida de coerción personal consagrada en el artículo 256 ejusdem en su modalidad del numeral 3, la cual fuera impuesta al investigado en decisión proferida en fecha catorce (14) de Enero del año dos mil tres (2003); este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el aludido artículo 264, en relación con los artículos 246, 256, 260 y 263 ibidem, circunscribe el examen acordado en cuanto a la frecuencia del régimen de presentación periódica exigido al imputado, por lo que deberá la persona del imputado presentarse ante la sede de este Tribunal de Primera Instancia en función de control conocedor de la causa seguida en su contra, cada treinta (30) días, esto es, una vez por mes, encontrando sustento este examen de medida en el estricto, puntual y cabal cumplimiento que ha dado el investigado hasta la presente fecha de las presentaciones impuestas, y la posibilidad cierta y razonable de satisfacer el aseguramiento del mismo a los solos efectos procesales con un régimen de presentación periódica más amplio.
Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión y notifíquese a las partes.
Se declarara PARCIALMENTE con lugar la solicitud de la defensa.
La Juez,
YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO
La Secretaria,
Abg. MAGJOHLY FARIAS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose boletas de notificación.
La Secretaria,
Abg. MAGJOHLY FARIAS
YRC/lila*
CAUSA No. 6C13281/03