REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 26 de septiembre de 2003
193° y 144°

ACTUACION N° 3E2812/03
JUEZ: ROSA AMARISTA DE OROPEZA
SECRETARIA: HILDA OROPEZA


IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PENADOS:
FELIX ARMANDO APONTE BRITO, titular de la cédula de identidad N° 16.202.121
ZUDMARY BRITO BELLO, titular de la cédula de identidad N° 12.729.075
MARIA ISABEL BELLO DE BRITO, titular de la cédula de identidad N° 3.722.611
JULIANA ZULAY BRITO BELLO, titular de la cédula de identidad N° 6.353.320
HENRY JESUS BRITO BELLO, titular de la cédula de identidad N° 6.967.529
JEAN CARLOS BRITO BELLO, titular de la cédula de identidad N° 14.156.285

REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dr. IBRAHIN ZARRAGA, Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.

VICTIMA: BRITO DE VILLALBA LUCIDA.


Vista la decisión dictada en esta misma fecha, inserta a los folios 80 y 81 del presente cuaderno separado, en consecuencia, este Tribunal procede a practicar nuevo cómputo:

PRIMERO: Que los ciudadanos FELIX ARMANDO APONTE BRITO, ZUDMARY BRITO BELLO, MARIA ISABEL BELLO DE BRITO, JULIANA ZULAY BRITO BELLO, HENRY JESUS BRITO BELLO, JEAN CARLOS BRITO BELLO, fueron condenados a cumplir la pena de OCHO (08) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS y DIECIOCHO (18) HORAS DE PRISION y por cuanto no fueron sometidos a ninguna restricción de la libertad, le falta por cumplir la totalidad de la pena.

SEGUNDO: Igualmente los prenombrados ciudadanos fueron condenados a las penas accesorias de prisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 del Código Penal, las cuales se especifican a continuación:
a) Inhabilitación Política durante el tiempo que dure la pena, es decir OCHO (08) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS y DIECIOCHO (18) HORAS DE PRISION.
b) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena desde que ésta termina, es decir, UN (01) MES, VEINTIUN (21) DIAS Y DIECIOCHO (18) HORAS.

TERCERO: De la misma forma y de conformidad con lo establecido en el artículo 479 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales los penados FELIX ARMANDO APONTE BRITO, ZUDMARY BRITO BELLO, MARIA ISABEL BELLO DE BRITO, JULIANA ZULAY BRITO BELLO, HENRY JESUS BRITO BELLO, JEAN CARLOS BRITO BELLO, podrán solicitar las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena que establece la ley:

a) TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (DESTACAMENTO DE TRABAJO): De conformidad con el encabezamiento del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, al cumplir ¼ parte de la pena, que es igual a DOS (02) MESES, CUATRO (04) DIAS, DIECISEIS (16) HORAS y TREINTA (30) MINUTOS.

b) DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO (REGIMEN ABIERTO): De conformidad con el primer aparte del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, cumplida la 1/3 de la pena, que es igual a DOS (02) MESES, VEINTICUATRO (24) DIAS y DIECIOCHO (18) HORAS.

c) LIBERTAD CONDICIONAL: De conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal que corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual a CINCO (05) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS y DOCE (12) HORAS.

d) CONFINAMIENTO: de conformidad con el artículo 53 del Código Penal al cumplir las 3/4 partes de la pena, que es igual a SEIS (06) MESES, TRECE (13) DIAS y VEINTE (20) HORAS.

CUARTO: Notifíquese lo conducente al Presidente del Consejo Nacional Electoral, a los fines de informar sobre la Inhabilitación Política.

QUINTO: Particípese lo conducente a la Representación Fiscal, a la Defensa y a los penados de autos.

SEXTO: Líbrese Oficio al Director de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Justicia, Oficina de Antecedentes Penales, a los fines legales consiguientes.

SEPTIMO: Líbrese oficio al Director de Registros y Notarias del Ministerio Interior y Justicia.-
La Juez,


ROSA AMARISTA DE OROPEZA La Secretaria,


HILDA OROPEZA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior,

La Secretaria,

HILDA OROPEZA
RAO/MTF/angela.-
Causa Nº 3E2812/03