REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL
NRO. 01 EXTENSION BARLOVENTO
Guarenas, 22 de SEPTIEMBRE del 2003
193° Y 144°
CAUSA NRO: 1C17714/03
IMPUTADOS: MAIQUETIA CARLOS, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 13-04-74, de 29 años de edad, de estado civil Soltero, de Profesión u Oficio Mecánico, Titular de la Cédula de Identidad Nro.11.484.588,residenciado en Guatire, Bloque 06,Piso 6,Apto 06-02, Edf. Ceiba. Hijo de Máritza Maiquetía (v) y Máximo Gutiérrez (v).
GUEVARA MAGALLANES DARRIN JOSE, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 13-03-80, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, 15.374.140, residenciado en Urb. Doña Menca de Leoni, Bloque 37, Piso 05, Apto 503, Guarenas. Hijo de Antonio Guevara (v) y Cruz de Guevara (v).
GUEVARA OVALLES JUAN, Venezolano, Natural de Guarenas, nacido en fecha 27-03-81, de 22 años de edad, de estado civil soltero, 15.198.834, residenciado en Guarenas, Menca de Leoni, Bloque 41,Piso 03,Apto 0303, Hijo de Juan Guevara (v) y Nancy Ovalles (v).
RENGIFO QUIJADA JOSE LUIS, Venezolano, Natural de Caracas, nacido en fecha 09-08-80, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.920.046, residenciado en Las Clavellinas, Sector el Sendero, Casa Nro. 26, Guarenas. Hijo de Jorge Rengifo (v) y Petra Quijada (v).
MONTILLA ERNESTO, Venezolano, natural de Guatire, nacido en fecha 02-09-80, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nro.16.097.075, residenciado en Las Clavellinas, Sector el sendero, Casa Nro. 32, Guarenas. Hijo de Carmen Montilla (v) y Efrén Guatines (v).
Visto el escrito presentado por la parte defensora de los imputados MAIQUETIA CARLOS, GUEVARA MAGALLANES DARRIN JOSE, GUEVARA OVALLES JUAN, RENGIFO QUIJADA JOSE LUIS Y MONTILLA ERNESTO, donde solicita la revisión de Medida Privativa de Libertad por una medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal a los fines de decidir Observa:
Revisada exhaustivamente las presentes actuaciones donde aparecen como imputados los ciudadanos MAIQUETIA CARLOS, GUEVARA MAGALLANES DARRIN JOSE, GUEVARA OVALLES JUAN, RENGIFO QUIJADA JOSE LUIS Y MONTILLA ERNESTO, se observa que en fecha 18-08-03 se Decretó Medida Privativa de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el tribunal a los fines de pronunciarse pasa a analizar el artículo 264 ibídem,
El artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, establece:
“...El imputado podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad las veces que lo considere pertinente. En todo caso el juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses, y cuando lo estime prudente las sustituirá por otras menos gravosas...”. (subrayado y negrillas nuestras).
Atendiendo a la disposición de la norma transcrita, este Tribunal hace la revisión de la Medida impuesta y en consecuencia ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentarse cada Ocho (08) días ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Y ASI SE DECIDE:
DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Revisión de la Medida Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinal 3° del código Orgánico procesal penal a los ciudadanos MAIQUETIA CARLOS, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 13-04-74, de 29 años de edad, de estado civil Soltero, de Profesión u Oficio Mecánico, Titular de la Cédula de Identidad Nro.11.484.588,residenciado en Guatire, Bloque 06,Piso 6,Apto 06-02, Edf. Ceiba. Hijo de Máritza Maiquetía (v) y Máximo Gutiérrez (v). GUEVARA MAGALLANES DARRIN JOSE, Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 13-03-80, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, 15.374.140, residenciado en Urb. Doña Menca de Leoni, Bloque 37, Piso 05, Apto 503, Guarenas. Hijo de Antonio Guevara (v) y Cruz de Guevara (v)., GUEVARA OVALLES JUAN, Venezolano, Natural de Guarenas, nacido en fecha 27-03-81, de 22 años de edad, de estado civil soltero, 15.198.834, residenciado en Guarenas, Menca de Leoni, Bloque 41,Piso 03,Apto 0303, Hijo de Juan Guevara (v) y Nancy Ovalles (v)., RENGIFO QUIJADA JOSE LUIS, Venezolano, Natural de Caracas, nacido en fecha 09-08-80, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.920.046, residenciado en Las Clavellinas, Sector el Sendero, Casa Nro. 26, Guarenas. Hijo de Jorge Rengifo (v) y Petra Quijada (v) Y MONTILLA ERNESTO, Venezolano, natural de Guatire, nacido en fecha 02-09-80, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nro.16.097.075, residenciado en Las Clavellinas, Sector el sendero, Casa Nro. 32, Guarenas. Hijo de Carmen Montilla (v) y Efrén Guatines (v). Todo conforme lo dispuesto en el artículo 264 Ejusdem.
Diaricese, publíquese y notifíquese la presente decisión.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL.
DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA.
LA SECRETARIA.
ABG. JESSICA PEREIRA.
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. JESSICA PEREIRA.
Act. 1C17714/03