REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO


GUARENAS, 03 DE SEPTIEMBREDE 2003.
192 Y 143


CAUSA N° 1C 17917-03.
IMPUTADO: Yuri Pereira C.I.16.097.410 y Rosmery Pereira C.I. 15.614.657.

El Ministerio Público, representado por la Fiscal Dr., presentó ante este Tribunal a las ciudadanas Yuri Pereira y Rosmery Pereira, y en virtud de no tener delito alguno que imputar solicito la libertad de las ciudadanas antes mencionadas.

Oídas como fue la solicitud Fiscal este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

De acuerdo a lo expuesto por el Ministerio Público este Tribunal Decreta la Libertad Sin Medidas a las ciudadanas YURI PEREIRA Y ROSMERY PEREIRA en virtud de no habérsele imputado delito alguno. Así mismo, por solicitud del Ministerio Público se decreta Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del C.O.P.P. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Libertad a las ciudadanas YURI PEREIRA TITULAR DE LA C.I. 16.097.410 Y ROSMERY PEREIRA TITULAR DE LA C.I. 15.614.657 en virtud de que la Representación Fiscal no le imputo delito alguno.
Diarícese, Regístrese y Publíquese.

LA JUEZA DEL TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL,

DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA



LA SECRETARIA,


ABG. JESSICA J. PEREIRA C.
Act.1C-17917.