REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE EJECUCION


Guarenas, 03 de Septiembre de 2003

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Juzgado Tercero en Función de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, de fecha 14-06-2.001, mediante la cual condeno al ciudadano VICTOR RAMON MATA, titular de las cedula de identidad Nº14.062.663, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y TRES (3) MESES de prisión, por encontrarlo autor del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 6° del Código Penal; este tribunal de ejecución, procede conforme a lo pautado en los artículos 479 ordinal 1° Y 482 del Código Orgánico Procesal Penal al efecto, observa:

UNICO:

Tal y como se desprende de los autos el subjudice cumplió en su totalidad la pena impuesta y verificándose que el mismo no tiene alguna nueva causa; este tribunal decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano VICTOR RAMON MATA, conforme a lo pautado en el artículo 105 del Código Penal, por extinción total de la pena.

A tenor de lo dispuesto en el articulo 34 del código Penal en cuanto a las costas procésales y observándose el contenido de la circular Nº 001794, de fecha 09-03-2000, emanada de la comisión de funcionamiento y reestructuración del sistema judicial, relativa a la aplicación del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este tribunal acuerda exonerar a dicho ciudadano de las costas procesales impuestas en fecha 23-07-2.001. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en la sede de este Juzgado a los tres (03) días del mes de Septiembre de 2003. Diarícese, déjese copia certificada, notifíquese a las partes, al jefe de departamento de vigilancia y ejecución de sanciones penales División de Antecedentes del Ministerio Interior de Justicia, a la Dirección de Extranjería, al Consejo Nacional Electoral y remítase el expediente al archivo judicial. Cúmplase.
La Juez (S.E.),


ABG. YEMILÉ RODRÍGUEZ SÁNCHEZ

La Secretaria


ABG. KARLA SANTIN