REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCION
Guarenas, 09 de Septiembre de 2003
Revisadas las presentes actuaciones contentivas de la causa N° 3E 365/99, seguida al penado JIMMY SIMON CASTELLANO MOLINA, observa este Juzgador lo siguiente:
Riela al folio 48 de la segunda pieza de las presentes actuaciones, oficio N° 836 de fecha 27-03-00, en el cual la Juez Tercero de Ejecución del Estado Guárico informa a este Tribunal haber otorgado la libertad del referido penado en fecha 16-08-99, por haber cumplido la pena en fecha 14-01-99 a las 12:00 del mediodía.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA como en efecto se hace, la EXTINCION DE LA CAUSA seguida al penado JIMMY SIMON CASTELLANO MOLINA, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.328.701, POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA, conforme con el artículo 105 del Código Penal. Y ASI SE DECLARA.
Remítase el original de esta causa contentiva de las actuaciones N° 3E 365/99, a la Oficina de Archivos Judiciales para su guarda y cuido.
LA JUEZ TERCERO DE EJECUCION,
DRA. VICTORIA RODRIGUEZ LOPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. KARLA SANTIN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA,
ABG. KARLA SANTIN
Act: 3E 365/99
VRL/vrl.-