REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada en fecha 26-07-03 y en su lugar le impone a la imputada JOSE ROBERTO ESCALONA SERRANO quién es de nacionalidad venezolana, natural de Santa Teresa del Tuy Estado Miranda, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el dia 08-09-69, de 33 años de edadm identificado con la Cédula de Identidad Número 10.071.190, y GREGORI MARIO GUTIERREZ MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el dia 14-06-67, de 26 años de edad identificado con la Cédula de Identidad Número 13.068.713 las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, contenidas en el articulo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales se refieren a la presentación cada quince (15) dias días por ante la Oficina del Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, por un lapso de seis (6) meses meses, contados a partir de la fecha de su primera presentación, previo cumplimiento de la presentación por cada imputado de DOS (2) FIADORES que en su conjunto acrediten un sueldo o salario mensual equivalente a CIENTO (100) UNIDADES TRIBUTARIAS, y que además cumplan con lo requisitos exigidos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, notifíquese, y líbrense la correspondiente Boleta de Traslado y déjese copia de la presente decisión.
El Juez
ADALGIZA MARCANO
El Secretario
En la misma fecha se registró la presente decisión.-
El Secretario