REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Segundo del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada por este Tribunal en fecha 28 de julio del 2.003, y en su lugar, le IMPONE las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, contenidas en el artículo 256, ordinales 3° y 8°, del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación por ante este Tribunal, cada quince (15) días, así como la presentación de dos (2) fiadores, que acrediten en su conjunto la cantidad de Cien (100) Unidades Tributarias, debiendo consignar para su verificación, los documentos que a continuación se señalan: Carta de Residencia, Carta de Buena Conducta, Constancia de Trabajo, todos recientes, así como fotocopia de la cédula de identidad y el último recibo de pago, de conformidad con lo establecido en el sexto aparte del artículo 250, ejusdem.-
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese.-
Líbrese las correspondientes boletas de notificación y traslado.-
Juez Segundo de Control
Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO