REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
En el día de hoy, 20 de Septiembre de 2003, siendo las 06:15 de la tarde, hora fijada para que tenga lugar Audiencia Oral dada por este Tribunal Cuarto de Control, en el caso que se sigue contra el investigado JESUS MARIA MARQUEZ MEZA, por la presunta comisión de uno de los delitos contra las Personas. El Juez ADRIAN DARIO GARCIA GUERRERO, dio inicio a la misma requiriendo del secretario la verificación de la presencia de las partes y le informó que se encuentran presentes todas las partes . Seguidamente cedió la palabra al Fiscal quien narró los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y solicito la aplicación del Procedimiento Ordinario, precalifico como el tipo penal previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal en perjuicio de las víctimas Sanabria Carlos Santiago y Yamille Josefina Lopez Carrillo, es por lo que solicito se aplicada una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 ordinales 3°, 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, precalifica por el artículo 455 del Código Penal como lo es el delito de Lesiones Personales y solicito el Procedimiento Ordinario, todo lo cual fundamentó en su exposición verbal y en las actas que previamente consignó. Culminada la exposición del Ministerio Fiscal, el Juez le leyó al imputado sus derechos procesales, y asimismo le impuso de la imputación fiscal y del Precepto Constitucional establecido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal penal. El imputado manifestó su deseo de declarar , y facilitó al Tribunal sus datos de identificación personal de la siguiente manera: Nombre y Apellidos: JESUS MARIA MARQUEZ MEZA, de Nacionalidad venezolano, residenciado en el sector Tres (03) de Cúa Vieja Los Ranchos, Municipio Urdaneta, Estado Miranda, nacido en fecha 25-09-68, de profesión u oficio peluquero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 10.892.860, de Padres: Rosa Meza (v) y padre desconocido, quien expuso: " estaba con mi vecina limpiando y sali a botar la basura me agarraron en callapa y lo que hice fue reempujarlo y me fui a la jefatura que estaban ahorcando y por eso lo mordi" . Seguidamente la Jueza cedió la palabra a la Defensa, representada por la Abogada LUZ MARINA TATIS quien narro brevemente sus alegatos solicitando: solicito la Aplicación del Procedimiento Ordinario y la Libertdad Inmediata de mi defendido .Todo lo cual fundamentó en su exposición verbal. Oídas las partes, el Juezanunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 ordinales 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano JESUS MARIA MARQUEZ MEZA, de Nacionalidad venezolano, residenciado en el sector Tres (03) de Cúa Vieja Los Ranchos, Municipio Urdaneta, Estado Miranda, nacido en fecha 25-09-68, de profesión u oficio peluquero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 10.892.860, de Padres: Rosa Meza (v) y padre desconocido; por cuanto se encuentra presuntamente incurso en el delito de Lesiones Personales previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal.. Remítase la presente actuación a la fiscalía para que prosiga con las averiguaciones. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación.Se declara cerrada la audiencia siendo las 06:30 de la tarde.
El Juez Cuarto de Control
DR. ADRIAN DARIO GARCIA GUERRERO
La Secretaria
ABG. MARIA ISABEL SUEIRO