REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal y de la defensa en cuanto a la prosecución del hecho por la via del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Acueda imponerle al ciudadano JORGE RAMON SARABIA MOTA, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, nacido el 26-05-82, Edad: 21 años y portador de la Cédula de Identidad N° V-15.890.961, las medidas cautelares Sustitutivas de Libertad del Articulo 256 ordinales 3° y 8° del Código Organico Procesal Penal, consistente en: Ordinal 3° : La presentancion cada QUINCE (15) dias por un lapso de SEIS (06) Meses ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal .Librese Boleta de Excarcelacion.- TERCERO Asi mismo se ordena remitir la presente causa a la Fiscalia de origen en su oportunidad legal . Se cierra el acta siendo las 2:10 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.

JUEZ QUINTO DE CONTROL

DR. LEO JOSE MATA BLANCO


SECRETARIO


ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ