Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En horas de despacho de hoy, catorce (14) de Abril del año 2004, oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la AUDIENCIA DE APELACIÓN en el juicio incoado por la ciudadana DÍAZ ESPINOZA CARMEN FLORENCIA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO TOMÁS LANDER DEL ESTADO MIRANDA por CALIFICACIÓN DE DESPIDO en el expediente signado con el número 022102, (Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por la ciudadana EVANGELIA GIANNOPOULOS GALANAKIS, en su carácter de Sindico Procurador del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Miranda, en fecha veintisiete (27) de Febrero de 2002, contra la Sentencia dictada por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Charallave de fecha veintitrés (23) de enero de 2002.- Siendo la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.), se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia de la ciudadana EVANGELIA GIANNOPOUOS GALANAKIS, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 44.057, en su carácter de Sindico Procurador del Municipio Autónomo Tomás Lander del Estado Miranda y la ciudadana DÍAZ ESPINOZA CARMEN FLORENCIA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número 6.152.109, parte actora en el presente juicio, junto con su apoderado judicial, ciudadano ANTONIO TREJO CALDERÓN, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.759.- Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano HERMANN VASQUEZ FLORES, Juez Titular del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y que se da inicio a la presente audiencia en esta hora, por haberse realizado con anterioridad, las audiencias de apelación correspondientes a los expedientes signados con los números 0142-04, 0155-04 y 012119, culminado el primero con sentencia, suspendido el segundo y el tercero llegado a una conciliación.- De conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declaró iniciado la presente audiencia oral, siendo las seis y treinta de la tarde (6:30 p.m.), concediéndole la palabra a las pares, quienes manifestaron llegar al siguiente acuerdo: la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO TOMÁS LANDER DEL ESTADO MIRANDA, se compromete a pagar a la ciudadana DÍAZ ESPINOZA CARMEN FLORENCIA, los Salarios Caídos desde la fecha del veintiocho (28) de marzo de 2001, hasta el día dieciséis (16) de Abril de 2004, en cinco (05) cuotas mensuales y consecutivas de UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN BOLÍVARES CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS(Bs. 1.467.831,62), las cuales suman la cantidad de SIETE MILLONES, TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs. 7.339.158,08), y los conceptos de Vacaciones los períodos correspondientes a los años 1999-2000, 2000-2001, 2001-2002, 2002-2003 Y 2003-2004, Bonificación de Fin de Año 2001, 2002 y 2003, en tres posteriores cuotas de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (Bs. 1.291.978,23), las cuales alcanzan la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.875.934,70), siendo la primera cuota para pagar el día veintiuno (21) de Abril de 2004, y las siete (07) cuotas siguientes, todos los días veintiuno (21) de los meses subsiguientes, en la sede de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO TOMÁS LANDER DEL ESTADO MIRANDA, asimismo, indicaron que la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo será el día viernes dieciséis (16) de Abril de 2004, con el presente acuerdo, se eximen ambas partes de las costas procesales, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Visto lo señalado por las partes en la presente audiencia, el ciudadano Juez Superior Primero, por cuanto la misma no es contraria a derecho, a normas de orden público y disposición expresa de la Ley, homologa la transacción realizada en los términos expuestos por las partes, en consecuencia, téngase la presente acta como Sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada.- Publíquese y Regístrese en los Libros del Tribunal y en la Página Electrónica.- de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena al ciudadano Secretario, expedir copia certificada del acta contentiva de la presente audiencia a las partes comparecientes.- Dada, firmada y sellada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo, a los catorce (14) días del mes de Abril de 2004.- Se declara concluida la presente audiencia.-
HERMANN VASQUEZ FLORES
EL JUEZ SUPERIOR EDUARDO E. RODRÍGUEZ R
SECRETARIO
LA PARTE ACTORA
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
LA SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO TOMÁS LANDER DEL ESTADO MIRANDA
ITER CLEMENTE
ALGUACIL
022102
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