Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En horas de despacho de hoy, cinco (05) de Abril del año 2004, oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la AUDIENCIA DE APELACIÓN en el juicio incoado por el ciudadano ALEXANDER ANTONIO contra la Sociedad Mercantil CAFÉ GIOVANNI, C.A. por PRESTACIONES SOCIALES en el expediente signado con el número 0079-04, (Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por el ciudadano EDUARDO RAMÍREZ, en fecha diez (10) de Noviembre de 2003, contra la Sentencia dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques de fecha diez (10) de Septiembre de 2003.- Siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia del ciudadano LUCIO ATILIO GARCÍA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.563 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.- Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano HERMANN VASQUEZ FLORES, Juez Titular del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia que se da inicio a la presente audiencia, en razón de haberse celebrado con anterioridad la audiencia de Apelación correspondiente al expediente signado con el número 0176-04; igualmente dejó constancia de la grabación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declaró iniciado la presente audiencia oral, siendo la una y cincuenta de la tarde (1:50 p.m.) concediéndole la palabra al apoderado judicial de la parte actora apelante quien expuso: que de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que la parte apelante no ha comparecido a la presente audiencia, solicitó la declaratoria del desistimiento de la misma.- Seguidamente el ciudadano Juez hizo un recuento de los motivos por los cuales se celebra la presente audiencia en el día de hoy, como quiera que la parte apelante no compareció la presente audiencia, indicando que las partes se encontraban a derecho, toda vez que se fijó la celebración de la presente audiencia mediante auto expreso de fecha veintitrés (23) de marzo de 2004, debe considerarse desistida la presente apelación.- En función de lo anteriormente expuesto, procedió a dictar el dispositivo en los siguientes términos: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara desistida la apelación interpuesta por el ciudadano EDUARDO RAMÍREZ, Titular del a cédula de identidad número 8.678.300, en fecha diez (10) de Noviembre de 2003, contra la Sentencia dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques de fecha diez (10) de Septiembre de 2003, en el juicio incoado por el ciudadano ALEXANDER ANTONIO contra la Sociedad Mercantil CAFÉ GIOVANNI, C.A. por PRESTACIONES SOCIALES.- De conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas a la parte demandada apelante.- En virtud del principio de celeridad, téngase la presente acta como reproducción escrita de la decisión a efectos de la publicación de la correspondiente Sentencia.-Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- De conformidad con lo señalado en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Procedimiento se ordena al ciudadano Secretario de esta sala expedir copia certificada del acta contentiva de la presente audiencia.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día cinco (05) de Abril del año 2004, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.).- Se declara concluida la presente audiencia.-
HERMANN VASQUEZ FLORES
EL JUEZ SUPERIOR
EDUARDO E. RODRÍGUEZ R
SECRETARIO
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
GÉRMAN GONZÁLEZ
ALGUACIL
EXP. 0079-04
HVF/er
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