REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; primero (01) de abril de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Vistas las actuaciones precedentes y particularmente el contenido de la diligencia suscrita en fecha 21 de octubre de 2003, por el ciudadano ZACARIAS RODRIGUEZ MACEDO, en su carácter de demandado, asistido de abogado, en el que solicita la intervención de terceros. El tribunal considera procedente el pedimento formulado por la parte demandada, toda vez que junto con la llamada del tercero señaló la correspondiente prueba documental, en consecuencia de conformidad con lo establecido en los artículos 382 y 386 del Código de Procedimiento Civil, se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho y se ordena emplazar a la garante MULTINACIONAL DE SEGUROS, póliza Nº 32-31-012939, en la persona de su representante legal, mediante boleta que se ordenan librar a objeto de que comparezca por ante este Tribunal ubicado en la (Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda), dentro de los tres (03) días siguientes a la constancia en autos de su citación que se haga, más un (1) día que se le concede como término de distancia (el cual correrá con prelación a la citación), a los fines de que presenten sus escritos de contestación a la cita, para la practica de la citación ordenada, entréguese al Alguacil encargado de las citaciones. Líbrese boleta con copias certificadas del libelo de demanda y de la diligencia de contestación de la demanda. Se suspende el curso de la presente causa por noventa (90) días calendarios, dentro de los cuales deberá realizarse la cita y su contestación.
EL JUEZ,
Dr. HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha no se libraron boletas faltan copias para proveer.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/lci.
Exp. N° 23715