REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, primero (1°) de abril de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ANTONIO RAFAEL MARTINEZ MORILLO y CARMEN LEONIDAS CARMONA PARICA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.283.056 y V-5.847.161, respectivamente, asistidos por el abogado ERIC WILLIAM SAMUDA QUINTANA. Vista igualmente la diligencia cursante al folio cinco (05) del expediente, donde consta el cumplimiento de lo requerido por auto de fecha 03 de marzo de 2004, el tribunal por cuanto observa que dicha solicitud no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho y ordena la notificación de la FISCAL XI DEL MINISTERIO PÚBLICO de esta Circunscripción Judicial, para que intervenga en el procedimiento como parte de buena fe, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la misma, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de notificación y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud presentada para ser entregadas al Alguacil de este Tribunal.
EL JUEZ
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
Nota. En esta misma fecha se deja expresa constancia que faltan fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA
EXP. N° 24.144
HJAS/ICBC/bd*