REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de abril de dos mil cuatro (2004).-
193º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LAS MISMAS TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD A FAVOR DEL CIUDADANO SIMÒN ALEJANDRO CORREA SILVERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.168.819, sobre las bienhechurías ubicadas en un lote de terreno de su propiedad, ubicado en el Sector Valle Seco de la Parroquia Tacarigua, Jurisdicción del Municipio Brión del Estado Miranda, con las demás determinaciones, linderos y medidas que constan en la solicitud. Dicho lote de terreno se encuentra debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito (ahora Municipio) Briòn del Estado Miranda., anotado bajo el Nº 8, folios 32 al 35, protocolo primero, tomo 18, segundo trimestre del año de 1999. Devuélvanse original estas actuaciones incluyendo la solicitud redactada por el abogado ARTURO M. MACHADO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 56.477. Déjese constancia en el libro Diario del Tribunal.-
EL JUEZ ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En la misma fecha se devuelve conforme a lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
HJAS/ICBC/Jacqueline.
Expt. Nº 04-24006.