REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 16 de abril de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano, JOSÉ ANTONIO QUEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.V-11.404.883, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno municipal, ubicado en el lugar denominado Barrio Agua Amarilla, sector Ochoa, casa No.61, Km.18, carretera vieja Petare-Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda, cuyos linderos y demás datos específicos, se encuentran debidamente señalados en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado LILIA GARCIA TRUJILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.376. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 39.913
HJAS/fapa