JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA Los Teques, 23 de Abril de 2004
194º y 145º
Revisadas las actas que conforman el presente expediente, y visto que se dio cumplimiento al auto de fecha 01/04/2003, en la cual fue identificado el ciudadano SERGIO RAFAEL DOMINGUEZ JAIME, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V-14.058.716. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y estar contemplado por la ley procesal. Por cuanto el error señalado es de naturaleza material, se ordena proceder de forma sumaria al examen de la pruebas suministradas por la interesada, previa notificación de la Fiscal Undécima del Ministerio Público, a quién se ordena notificar, conforme al ordinal 3° del articulo 131 en concordancia con el 132 ambos del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se le concede un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de su notificación, a fin de que exponga lo que estime pertinente en el presente procedimiento. Líbrese boleta y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud, y entréguesele al Alguacil de este Juzgado, a objeto de que se practique la notificación ordenada.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,


Se deja constancia que en esta misma fecha no fue librada la boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público por falta de fotostatos.
LA SECRETARIA


EXP.NRO. 23.958
HJAS/icbc/yd.