REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiséis (26) de abril de dos mil cuatro (2004).-.
194º y 145º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogado ALEXANDRA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado con el No. 75.537, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos SEBASTIÁN HERNÁNDEZ AROCHA y LUIS DOMINGO VARGAS BLANCO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 1.995.799 y 2.719.255 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos ROMULO VERA, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 1.997.434, así como a ROMULO ANTONIO VERA GOMEZ, YINETH JOSEFINA VERA GOMEZ, ELIZABETH VERA GOMEZ, y TONY ISMAEL VERA GOMEZ, en la Sucesión de la ciudadana ELIANA LANDAETA DE VERA, quien falleció en fecha 18 de septiembre de 2003, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



HJAS/icbc/fapa
EXP 39.942