REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, veinte (20) de abril de dos mil cuatro (2004).


194° y 144°.-


Por cuanto fueron consignados los fotostatos, líbrese las compulsas acordadas en el auto de admisión de fecha treinta (30) de Marzo de dos mil cuatro (2004), en consecuencia, el Tribunal acuerda y ordena hacer entrega de la compulsa.
CÚMPLASE.




LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI. EL SECRETARIO, ABOG. MANUEL GARCÍA.








AO/eleana*
EXP. N° 085-04.







El suscrito Abg, MANUEL GARCÍA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 085-04. Relacionado con el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO; que sigue ante este Juzgado el ciudadano: ANTONIO RODRIGUEZ, en contra de los ciudadanos: ROBERT CHISTIAN CHAVEZ HUMALA, y MONICA JULISSA CHAVEZ HUMALA, las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, Veinte (20) de Abril de dos mil cuatro (2004).


EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCÍA.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Veinte (20) de Abril de dos mil cuatro (2004).-
194° 144°.-
SE HACE SABER: A los ciudadanos: ROBERT CHISTIAN CHAVEZ HUMALA, de nacionalidad Peruana, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.120.186 -; y MONICA JULISSA CHAVEZ HUMALA, de nacionalidad Peruana, pasaporte N° 0209428, con domicilio en: Calle Lander, Centro Comercial Pio XII, Local N° 6, de la Jurisdicción del Municipio Autónomo Tomás Lander, de la ciudad de Ocumare del Tuy, del Estado Miranda, parte demandada en el juicio signado con el N° 085-04, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes, a la citación que se le practique, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra., dentro de las horas destinas al Despacho de (8:30) a.m. a (1:30) p.m. Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la citación acordada, como prueba de haber sido citado.


LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI CH.

EL SECRETARIO,
Abog. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N°085-04