REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, veintiuno (21) de abril de dos mil cuatro (2004).-
194° y 144°.-

Por cuanto fué recibido el presente expediente proveniente del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, constante de una pieza principal de cuarenta y ocho (48) folios útiles, désele entrada bajo el N° 106-04 (Nomenclatura de este Juzgado) y cuenta al Juez, asimismo se ordena desglosar y resguardar las letras de cambio (en original) en la caja fuerte del Tribunal, las cuales corren insertas del folio treinta (30) al folio cuarenta y siete (47), ambos inclusive, además se ordena insertar en su lugar la certificación de las mismas. Cúmplase.


LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.

EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA.


AO/ldb.
EXP.N°106-04.















Quien suscribe ABG. MANUEL GARCIA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que del folio treinta (30) al folio cuarenta y siete (47), ambos inclusive, corrieron originales de letras de cambio las cuales se ordenaron desglosar del expediente y resguardar en la caja fuerte del Tribunal según auto de esta misma fecha, en el presente expediente signado con el N° 106-04 (Nomenclatura de este Tribunal), con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACION) sigue la ciudadana NIEVES RODRIGUEZ GONZALEZ contra los ciudadanos WILLIAM SOSA y VICTORIA SOSA. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, veintiuno (21) días del mes de abril del año dos mil cuatro (2004).-


EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA