TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare, Veintisiete (27) de Abril del dos mil cuatro (2004).-
194° y 144°.-
Por recibida la anterior solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano JHONY JOSÉ NAVARRO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.652, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada en el Libro de Causas bajo el Nº 110-04, y de conformidad con el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar al Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe, en tal sentido expídase por secretaria copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto, a objeto de anexarla a la boleta de notificación. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. CUMPLASE.-
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH
EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA
NOTA: En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, por cuanto no fueron consignados los fotostatos para proveer.-
EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA
AO/windy
EXP Nº 110-04
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