REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Cinco (05) de Abril del dos mil cuatro (2004)
193º y 144º

De la Revisión de las actas procesales en el juicio interpuesto por la abogada MARIA DEL CARMEN NUZZO SGAMBATO, Inpreabogado Nro.36.834, Apoderada Judicial de la parte actora ciudadano JOSE AQUILINO TORRES FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 2.688.792, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO en contra de la Empresa SEGUROS LA PREVISORA C.A., se evidencia que el domicilio de la parte demandada se encuentra en Torre La Previsora, Avenida Abrahán Lincoln, Sabana Grande, Área Metropolitana, Sucursal Caracas, perteneciente al área Metropolitana de Caracas, y de acuerdo a lo preceptuado 40 del Código de Procedimiento Civil, que expresa: “ Las demandas relativas a derechos personales y las relativas a derechos reales sobre bienes muebles se propondrán ante la autoridad judicial del lugar donde el demandado tenga su domicilio, o en defecto de éste su residencia. Si el demandado no tuviere ni domicilio ni residencia conocidos, la demanda se propondrá en cualquier lugar donde el se encuentre”. En consecuencia este Tribunal SE DECLARA INCOMPETENTE para seguir conociendo del presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y de acuerdo al artículo 60 de nuestra norma adjetiva civil, que reza: “ La incompetencia por la materia y por el territorio en los casos previstos en la última parte del artículo 47, se declarará aún de oficio, en cualquier estado e instancia del proceso…” (Omisis). En consecuencia este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA. Remítase el presente expediente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Remítase con oficio. Cúmplase.-


LA JUEZ.,
Dra. AIZKEL ORSI CH
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA




AOCH/Isabel
Exp. Nro.026-04


REPUBLICA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE EN OCUMARE DEL TUY


Ocumare del Tuy, 05 de Abril de 2004
193° y 144°



Oficio Nro.______________
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA.
SU DESPACHO.-



Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de CIEN (100) folios útiles, Expediente signado bajo el N° 026-04 (nomenclatura de este Tribunal), contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que sigue el ciudadano JOSE AQUILINO TORRES FERNANDEZ, por cuanto en auto de esta misma fecha, este Tribunal declinó la competencia.
Remisión que hace a los fines consiguientes.-




LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH








AOCH/ysabel.
EXP. N° 026-04