REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
En el día de hoy, primero (01) de abril de dos mil cuatro (2004), siendo la una y media de la tarde (1:30 p.m.), en la sede del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Constitucional con motivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por la Sociedad Mercantil AUTOCAMIONES MEBER C.A., sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de enero de 2004, bajo el No. 14, Tomo 391-A-VII, mediante su apoderado judicial, abogado en ejercicio OSCAR GUILARTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula 6.822.150 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.301, contra la Sociedad Mercantil CONCESIONARIO MB DE VENEZUELA S.A., Sociedad Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 31 de mayo de 1994, bajo el No. 41, Tomo 44-A. Se constituye el Tribunal en la persona de su Juez Titular, DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES, el Secretario, Abg. RICHARS MATA, y el Alguacil, ciudadano RUBEN ROSALES, quien anunció dicho acto a las puertas del Tribunal en la forma de Ley, encontrándose presente el abogado en ejercicio ALEXANDER GALLARDO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.398, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, tal y como consta del documento poder que acompañó a los autos. Se deja constancia que no compareció la parte accionada ni por sí ni mediante apoderado judicial, tampoco se hizo presente la representación fiscal. Acto seguido procede el ciudadano Juez a dar una breve exposición en cuanto a la audiencia que se está realizando e indica la forma como se desarrollará la misma, por lo que se le concede a la parte accionante un lapso de diez (10) minutos para hacer su exposición, y el mismo tiempo para la parte accionada; a continuación cada parte tendrá un lapso de cinco (5) minutos para la réplica y contrarréplica. De seguidas hizo su exposición la parte accionante, en la cual ratificó en todas y cada una de sus partes los argumentos expuestos en la solicitud de amparo, solicitó que de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en virtud de la inasistencia de la parte accionada se tenga como aceptación de los hechos, y que la presente acción de amparo sea declarada con lugar. Terminada la exposición realizada por la parte accionante, el Tribunal ordena agregar a los autos el instrumento poder donde consta la representación.. Seguidamente el Tribunal en vista de la complejidad del asunto y de las pruebas aportadas por la partes difiere la oportunidad para dictar sentencia para uno de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA REPRESENTACION JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONANTE
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA