REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, primero (01) de abril de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha 30 del mes próximo pasado, suscrita por el abogado en ejercicio SANTOS ROBLES, en su carácter de autos, mediante la cual consigna copias fotostáticas requeridas, en el auto de fecha 27 de mayo de 2003, el Tribunal ordena certificar las mismas y remitirlas junto con oficio al Procurador General de la República, tal y como fuera ordenado en el auto dictado en fecha 08 de octubre de 2003. Líbrese oficio adjuntándosele las copias certificadas correspondientes y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 99-9958

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 01 de abril de 2004
193° y 145°
OFICIO N°.0855-626
CIUDADANO:
PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Tribunal cursa expediente signado con el N°. 99-9958, contentivo del juicio que por NULIDAD sigue MARBELLA LIBERTAD APARICIO CASTRO contra JUAN SIMON MIJARES CAMEJO y otros, y que por auto de fecha 08 de octubre de 2003, se ha ordenado notificarle mediante oficio, a fin de que conozca de la presente acción. A tal efecto se le remiten copias certificadas de la demanda y del auto de admisión.
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/ag
Exp. N°. 99-9958

Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado con el Nº 99-9958, contentivo del Juicio que por NULIDAD, sigue ante este Tribunal MARBELLA LIBERTAD APARICIO CASTRO contra JUAN SIMON MIJARES CAMEJO y otros. Los cuales fueron autorizados por la Juez de éste Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, primero (01) de abril de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA