REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece de abril del dos mil cuatro.-
193º y 145º
Vista la solicitud anterior y sus recaudos, por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley y se encuentra fundada en la causal establecida en el Articulo l85-A del Código Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho. Cítese a la cónyuge ALICIA COROMOTO PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.134.269, para que comparezca ante este Tribunal al TERCER día después de citado mas (l) día de termino de distancia que se le concede para que exponga lo que considere conveniente en relación al contenido de la solicitud. De conformidad con el Articulo 132 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico, mediante boleta y copia certificada anexa de la solicitud, para que dentro de los diez (l0) días siguientes a su notificación haga uso del derecho a la oposición. Compulsase la solicitud y con el auto de comparecencia al pie y comisiónese al Juzgado de los Municipios Brión y Buroz del Estado Miranda, a los fines de que el Alguacil de ese Tribunal practique la citación correspondiente. Librese boleta, oficio y comisión.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha no se dio cumplimiento por cuanto no fueron consignados los fotostatos.-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº14359