REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 14 de abril de dos mil cuatro.

193º y 145º

Vista la diligencia anterior, suscrita por el abogado RODOLFO LUIS QUJADA, en su carácter de parte intimante, mediante la cual solicita se abra la articulación probatoria correspondiente; este Tribunal observa que; por cuanto se evidencia de autos, que la parte intimada presentó escrito contentivo de la oposición en fecha 01 de los corrientes, y siendo que no se encuentra vencido el lapso de diez (10) días de despacho, a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Abogados, correspondiente al emplazamiento, éste Tribunal se abstiene de abrir la articulación probatoria a que se refiere el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto se haya vencido el mismo, ello en atención del principio de preclusividad de los lapsos.
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/rosa*
Exp.Nº11949











JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 14 de abril de dos mil cuatro.

193º y 145º

Vista la diligencia anterior, suscrita por la abogada ANA MARIA MARQUEZ, parte intimada en el presente juicio, mediante la cual consigna los fotostatos a los fines de su certificación, se acuerda certificar los mismos, ello en atención a lo ordenado en el auto de fecha 15 de marzo de 2004.-CERTIFIQUENSE DICHOS FOTOSTATOS
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

OTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado


EL SECRETARIO

VJGJ/rosa*
Exp.Nº11949







El suscrito secretario, del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CERTIFICA QUE: los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exactos de sus originales, que corren insertos al expediente signado con el Nº11949, contentivo del juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesto por el abogado RODOLFO LUIS QUJADA, contra la ciudadana: ANA MARIA MARQUEZ, los cuales fueron autorizados por el juez de este Tribunal mediante auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, 14 de abril del 2004.

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA