REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, catorce (14) de abril de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Por cuanto fueron consignadas las copias fotostáticas correspondientes, se acuerda certificar las mismas, a fin de darle cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha 31 de marzo de 2004. Certifíquense las copias certificadas y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 97-5639
Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado con el Nº 97-5639, contentivo de la RECUSACION interpuesta por los abogados JUAN CARLOS MORANTE Y RUBEN DARIO MORANTE contra los expertos designados LUIS ALFREDO PINTO OROPEZA e ILSE NAIR RODRIGUEZ ROJAS, en el Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue ante este Tribunal la SOCIEDAD VENEZOLANA DE LA CRUZ ROJA, contra la SOCIEDAD MERCANTIL CENTRO MEDICO DE LOS TEQUES S.R.L. Los cuales fueron autorizados por la Juez de éste Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, catorce (14) de abril de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA