REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 20 de abril de dos mil cuatro.
194º y 145º
Vista la diligencia anterior, suscrita por el abogado JESUS R. ACOSTA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita que se decrete la ejecución de la sentencia y se le expidan copias certificadas de las sentencias proferidas, se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, vista la sentencia dictada por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, mediante la cual confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20-10-2003, y por cuanto en dicha sentencia se condenó al demandado hacer entrega del inmueble objeto del litigio y al pago de las cantidades adeudadas por concepto de cánones de arrendamiento, como indemnización por daños y perjuicios causados al demandante, este Tribunal dispone: PRIMERO: siendo que no se evidencia de autos que el demandado haya dado cumplimiento a la sentencia, se decreta su ejecución, y en virtud de ello, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, concede a la parte demandada cinco (5) días para que efectúe el cumplimiento voluntario. SEGUNDO: se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1º de la Ley de Sellos.- CUMPLASE
EL JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
NOTA: en la misma fecha faltan fotostatos para proveer
EL SECRETARIO
VJGJ/rosa*
Exp.Nº12070