REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte (20) de abril de 2004.-
193° y 145°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado RHADAME LIVINALLI MATAMOROS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual consigna documento debidamente registrado objeto de la presente solicitud, el Tribunal a los fines de emitir pronunciamiento sobre la admisión de la presente entrega material deja expresa constancia que la parte actora en su escrito libelar indica la dirección del inmueble objeto de la presente entrega de la siguiente manera: “situado en Jurisdicción del Municipio Los Salías del Estado Miranda, la casa-quinta denominada LOS MUCHACHOS”. Ahora bien, este Tribunal deja expresa constancia que no consta de autos la dirección exacta en la cual ha de realizarse la entrega material solicitada, razón por la cual se ordena a la parte actora ampliar la referida dirección de manera especifica, requisito indispensable para la referida notificación y practica de la entrega. Así se deja establecido.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
EXP N° E- 1860
VJGJ/Jenny.-