REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintidós (22) de abril del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Visto la diligencia de fecha 15 de los corrientes, suscrita por la abogada en ejercicio MERCEDES BENGUIGUI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.956, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual solicitó a este Juzgado se sirva pronunciarse sobre la evacuación de Pruebas.
De la revisión de las actas procésales que integran el presente expediente se evidencia: que en fecha 30 de marzo del 2004, este Juzgado dictó auto, cursante al folio 93 del expediente, mediante el cual se señaló que este Tribunal emitirá el pronunciamiento respectivo en su oportunidad legal correspondiente, y por cuanto se evidencia de autos que no ha sido resuelta la incidencia surgida; este Tribunal se atiene al auto dictado en fecha 30 de marzo del 2004. Así se declara.-
EL JUEZ.-

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES.-
EL SECRETARIO.-

ABG. RICHARS MATA.-
VGJ//yza
Exp. No 13580