REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de abril de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º

Consignados los fotostatos respectivos, este Tribunal ordena librar boleta de citación, acordada en el auto de admisión de fecha 13 de abril de 2004. Líbrese boleta. Cúmplase.

EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente


EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA

VJGJ/nr
EXP. N° 14359














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 22 de abril de 2004
194º y 145º

BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER

A la ciudadana ALICIA COROMOTO PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.134.269, que deberá comparecer ante este Tribunal el TERCER día de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, más un (1) día de termino de distancia que se le concede a objeto de que exponga lo que considere conveniente en relación al contenido de la solicitud propuesta por su cónyuge LUIS JOSE CASTRO en el juicio de 185-A, signado bajo el Nº 14359.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL NOTIFICADO,

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VJGJ/nr
Exp Nº 14359










Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que la anterior fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en el presente expediente signado con el N° 14359, ante este Tribunal, con motivo del juicio de 185-A seguido por LUIS JOSE CASTRO y ALICIA COROMOTO PACHECO, cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, veintidós (22) de abril dos mil cuatro (2004).-


EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA