REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintitrés (23) de abril de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistos los escrito de pruebas, el primero y el tercero, presentados por la representación judicial de la parte actora, el Tribunal por cuanto observa que las pruebas en él contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la prueba contenida en el Capítulo Segundo del primer escrito de pruebas, referida a la prueba de informes, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena oficiar a la Emisora Radial F.M. PICA PICA 105,7, ubicada en la calle Lamas de la ciudad de Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del Estado Miranda, con el fin de recabar la entrevista realizada al ciudadano Alcalde del Municipio Independencia del Estado Miranda, WILMER SALAZAR ZAMORA, por el ciudadano ORLANDO RIVAS, en un espacio de dicha emisora, en la segunda quincena del mes de junio de 2003; EN cuanto a la prueba contenida en el capítulo segundo del segundo escrito de pruebas, referida a la prueba de experticia este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 452 eiudem, fija las 11:00 a.m., del segundo día de despacho siguiente al de hoy, a fin de que tenga lugar el acto de nombramiento de expertos; En cuanto a la prueba contenida En cuanto a la prueba contenida en el capítulo tercero referida a la prueba de informes, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 433 ibidem, se ordena oficiar al Cuerpo de Bomberos del Estado Miranda, a fin de que esa Institución se sirva informar a este Despacho a la mayor brevedad sobre el siniestro ocurrido en las instalaciones del CLUB TURISTICO GALLERA LA CHURUATA DEL PIAROA C.A., que consta en el expediente signado con el No. 085-2002-045-2002. En cuanto a la prueba de posiciones juradas, este Tribunal niega la admisión de la misma, toda vez que la parte actora promovente, no manifestó absolverlas de manera recíproca tal y como lo dispone el artículo 406 del Código de Procedimiento Civil; En cuanto a la prueba testimonial de los ciudadanos JUAN JOSE ROMERO, MIREYA MIJARES y MARIA DE LA GRACA ARAUJO, contenida en el capítulo quinto, este Tribunal por cuanto observa que la parte promovente no señaló el domicilio de los mencionados ciudadanos, tal y como lo dispone el artículo 482 de nuestra Ley Adjetiva Procesal, en consecuencia se niega la admisión de dicha probanza y así se decide. El segundo escrito presentado por la parte demandada, este Tribunal por cuanto observa que las pruebas en él contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes se admiten cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva. Líbrense oficios a las instituciones antes indicadas, y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 13472

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 23 de abril de 2004
194° y 145°
OFICIO No. 0855-746
CIUDADANO:
DIRECTOR DE LA EMISORIA RADIAL F.M. PICA PICA 105,7
UBICADA EN LA CALLE LAMAS DE LA CIUDAD DE SANTA TERESA DEL TUY, MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA
PRESENTE
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Tribunal cursa expediente signado con el No. 13472, contentivo del Juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS siguen MAIGUALIDA SOTO BALZA, JAIME BALZA COLINA y CLUB TURISTICO GALLERA LA CHURUATA DEL PIAROA C.A., contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, que por auto de esta misma fecha y a solicitud de la parte actora, se ha ordenado oficiarle con la finalidad de recabar a la mayor brevedad posible, la entrevista realizada al ciudadano Alcalde del Municipio Independencia del Estado Miranda, WILMER SALAZAR ZAMORA, por el ciudadano ORLANDO RIVAS, en un espacio de dicha emisora, en la segunda quincena del mes de junio de 2003.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/ag
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 23 de abril de 2004
194° y 145°
OFICIO No. 0855-747
CIUDADANO:
DIRECTOR DEL CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTADO MIRANDA
PRESENTE
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Tribunal cursa expediente signado con el No. 13472, contentivo del Juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS siguen MAIGUALIDA SOTO BALZA, JAIME BALZA COLINA y CLUB TURISTICO GALLERA LA CHURUATA DEL PIAROA C.A., contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, que por auto de esta misma fecha y a solicitud de la parte actora, se ha ordenado oficiarle con la finalidad de que se sirva informar a este Despacho a la mayor brevedad sobre el siniestro ocurrido en las instalaciones del CLUB TURISTICO GALLERA LA CHURUATA DEL PIAROA C.A., que consta en el expediente signado con el No. 085-2002-045-2002.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/ag