REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de abril de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°

Vista la presente solicitud de ENTREGA MATERIAL presentada por la empresa GRUPO SOLVERDE, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda contra los ciudadanos MANUEL GOMES COELHO, CARMELA ARIAS DE VALDES, IGNACIO AMBROSIO VALDES ARIAS, ADOLFO ANTONIO VALDES ARIAS y ANDRES VALDES ARIAS, désele entrada en los Libros respectivos bajo el N° E-1860 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia a los fines de la práctica de la misma, se acuerda comisionar al Juzgado del Municipio Los Salías de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y sede en San Antonio de Los Altos, para que previa notificación de los ciudadanos MANUEL GOMES COELHO, CARMELA ARIAS DE VALDES, IGNACIO AMBROSIO VALDES ARIAS, ADOLFO ANTONIO VALDES ARIAS y ANDRES VALDES ARIAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N°s. 6.165.045, 1.895.960, 6.029.367, 6.065.513 y 6.843.603, respectivamente, fije día y hora para su traslado y constitución en el inmueble objeto de la presente entrega material constituido por un lote de terreno y la casa-quinta en él construida, denominada “LOS MUCHACHOS” situado en la Jurisdicción del Municipio Los Salías del Estado Miranda, distinguido con la letra “D” en el plano de escala que está agregado al cuaderno de comprobantes de la Oficina del Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda y es parte de la Parcela señalada con el N° 3 en el documento de liquidación de partición de la comunidad que sobre el fundo “EL SOCORRRO” mantenía RAFAEL TORRES MARQUEZ con los señores ADELA CONSALVI DE SARDI, LUPI Y HUGO GERMAN SARDI CONSALVI según consta de documento y plano protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro el día 16 de diciembre de 1960, bajo el N° 77, folios 240 al 245 vuelto, protocolo primero, Tomo 1, Cuarto Trimestre y N° 314, folio 448 del Cuaderno de comprobantes, cuarto trimestre respectivamente. Dicho terreno esta comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Partiendo del punto marcado con el N° 7 en el plano citado en primer término, hasta llegar al punto N° 8 por una línea recta de SETENTIDOS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (72,25 Mts) con terrenos del Lote “C” que es o fueron de RAFEL TORRES MARQUEZ; OESTE: Desde el punto N° 8 hasta el punto N° 9, por una línea recta de VEINTIDOS METROS (22 Mts) con el camino antiguo de San Antonio a Carrizal; SUR: Desde el punto N° 9 hasta el punto N° 10 por una línea recta de SETENTIDOS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (72,25 Mts) con terrenos del Lote “E” que es o fueron de RAFAEL TORRES MARQUEZ; y ESTE: Desde el punto señalado en el indicado plano con el N° 10 hasta el punto N° 7, cerrando el perímetro del área vendida, por una línea de VEINTIDOS METROS (22 Mts) con terrenos que son o fueron de RAFAEL TORRES MARQUEZ. El lote de terreno tiene forma de paralelogramo y una superficie de UN MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (1.500 Mts2)-, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Los Salías del Estado Miranda el día 18 de junio de 1997, quedando registrado bajo el N° 22, Protocolo 1°, Tomo 16, Segundo Trimestre.. Todo conforme a lo dispuesto en el artículo 929 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Líbrese despacho junto con oficio. CÚMPLASE.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

Abg. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

EL SECRETARIO


VJGJ/Jenny
EXP. N° E-1860









































REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
SE HACE SABER
AL JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN SAN ANTONIO DE LOS ALTOS.-
194° Y 145°
Que con motivo de la solicitud que por Entrega Material ha intentado la empresa GRUPO SOLVERDE, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 15 de septiembre de 2000, bajo el N° 39, Tomo 214-A segundo contra los ciudadanos MANUEL GOMES COELHO, CARMELA ARIAS DE VALDES, IGNACIO AMBROSIO VALDES ARIAS, ADOLFO ANTONIO VALDES ARIAS y ANDRES VALDES ARIAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N°s. 6.165.045, 1.895.960, 6.029.367, 6.065.513 y 6.843.603, respectivamente, que se sustancia en el Expediente signado con el No. E-1860, éste Juzgado por auto de esta misma fecha ha ordenado comisionarle amplia y suficientemente para que previa notificación de los mencionados ciudadanos, fije día y hora para la práctica de la Entrega Material acordada, sobre el siguiente inmueble: por un lote de terreno y la casa-quinta en él construida, denominada “LOS MUCHACHOS” situado en la Jurisdicción del Municipio Los Salías del Estado Miranda, distinguido con la letra “D” en el plano de escala que está agregado al cuaderno de comprobantes de la Oficina del Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda y es parte de la Parcela señalada con el N° 3 en el documento de liquidación de partición de la comunidad que sobre el fundo “EL SOCORRRO” mantenía RAFAEL TORRES MARQUEZ con los señores ADELA CONSALVI DE SARDI, LUPI Y HUGO GERMAN SARDI CONSALVI según consta de documento y plano protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro el día 16 de diciembre de 1960, bajo el N° 77, folios 240 al 245 vuelto, protocolo primero, Tomo 1, Cuarto Trimestre y N° 314, folio 448 del Cuaderno de comprobantes, cuarto trimestre respectivamente. Dicho terreno esta comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Partiendo del punto marcado con el N° 7 en el plano citado en primer término, hasta llegar al punto N° 8 por una línea recta de SETENTIDOS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (72,25 Mts) con terrenos del Lote “C” que es o fueron de RAFEL TORRES MARQUEZ; OESTE: Desde el punto N° 8 hasta el punto N° 9, por una línea recta de VEINTIDOS METROS (22 Mts) con el camino antiguo de San Antonio a Carrizal; SUR: Desde el punto N° 9 hasta el punto N° 10 por una línea recta de SETENTIDOS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (72,25 Mts) con terrenos del Lote “E” que es o fueron de RAFAEL TORRES MARQUEZ; y ESTE: Desde el punto señalado en el indicado plano con el N° 10 hasta el punto N° 7, cerrando el perímetro del área vendida, por una línea de VEINTIDOS METROS (22 Mts) con terrenos que son o fueron de RAFAEL TORRES MARQUEZ. El lote de terreno tiene forma de paralelogramo y una superficie de UN MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (1.500 Mts2)-, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Los Salías del Estado Miranda el día 18 de junio de 1997, quedando registrado bajo el N° 22, Protocolo 1°, Tomo 16, Segundo Trimestre.-
Que para la práctica de la Entrega Material que se le ha comisionado, deberá previamente notificar a los ciudadanos MANUEL GOMES COELHO, CARMELA ARIAS DE VALDES, IGNACIO AMBROSIO VALDES ARIAS, ADOLFO ANTONIO VALDES ARIAS y ANDRES VALDES ARIAS, antes identificados, conforme a lo previsto en el artículo 929 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Que deberá actuar con prudencia al momento de la práctica de la presente medida, utilizando su arbitrio para dirimir cualquier conflicto o incidencia que pudiera suscitarse al momento de la práctica de la señalada medida.
Que la parte actora no tiene apoderado judicial aún constituido.
Que el Apoderado Judicial de la parte solicitante es el abogado en ejercicio RHADAME LIVINALLI MATAMOROS, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 3.837.074 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.704.-
Que en caso de que el vendedor o un tercero hicieren oposición a la misma, deberá suspender la medida conforme al artículo 930 ejusdem, y devuelva original con sus resultas.
Dada firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Los Teques, veintiséis (26) días del mes de abril de dos mil cuatro (2004). AÑOS: 194° de la Independencia y 144° de la Federación.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

EXP N° E- 1860
VJGJ/Jenny















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 26 de abril de 2004
194° y 145°
Oficio N° 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN SAN ANTONIO DE LOS ALTOS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, a fin de remitir anexo al presente oficio comisión que le ha sido conferida constante de TRES (03) folios útiles, con motivo de la solicitud de ENTREGA MATERIAL formulada por la empresa GRUPO SOLVERDE contra los ciudadanos MANUEL GOMES COELHO, CARMELA ARIAS DE VALDES, IGNACIO AMBROSIO VALDES ARIAS, ADOLFO ANTONIO VALDES ARIAS y ANDRES VALDES ARIAS venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N°s. 6.165.045, 1.895.960, 6.029.367, 6.065.513 y 6.843.603, respectivamente, signada bajo el N° E- 1860 (Nomenclatura de este Tribunal), a fin de que se sirva darle cumplimiento a la misma todo para lo cual ha sido amplia y suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Se le estima que una vez cumplida la misma se sirva devolver original con sus resultas.
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


Anexo: Lo Indicado
EXP N° E-1860
VJGJ/Jenny.-