REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
LOS TEQUES
Los Teques, 28 de abril del 2.004.-
194º y 145°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la “CONSTRUCTORA PARAGUACHI 77-a. C.A”, en la persona de su presidente ciudadano ALBERTO ALIMENTI, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.407.818, parte demandada en el juicio signado con el N° 11783, con motivo de INTIMACIÓN, seguido en su contra por LAFARGE-PREMEX, C.A, se hace de su conocimiento que este Tribunal en auto de esta fecha 11 de marzo del año en curso, ordena librarle la presente notificación con el objeto de hacer de su conocimiento que en esta misma fecha se le concedió un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, para que proceda a dar cumplimiento voluntario, a la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 14 de enero del 200, la cual se encuentra definitivamente firme.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.-
Firmara al pie de la presente en prueba de haber sido notificada.
EL JUEZ

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
NOTIFICADO:
_____________________
fecha ________________
Hora_________________
VGJ/yza.
EXP N° 11783



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintiocho (28) de abril del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º

De la revisión de las actas que integran el expediente se evidencia, que en fecha 11 de marzo del 2004, se dictó auto cursante al folio 90, mediante el cual se decretó la ejecución, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 14-01-03, ordenándose la notificación de la parte perdidosa, a los fines de que dentro del lapso de cinco (05) días de despacho siguiente a su notificación, efectúe el cumplimiento voluntario de la obligación, este Tribunal a los fines de dar cumplimiento al referido auto, ordena librar boleta de Notificación a la parte demandada, a los fines legales consiguientes. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.-.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
Exp. No.11783