REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintiocho (28) de abril de dos mil cuatro. (2004).-
194º y 145º
Por cuanto en fecha 18 de julio de 2002, tomé posesión del cargo como Juez de este Despacho, me AVOCO al conocimiento de la presente causa. En consecuencia, siguiendo la doctrina pacífica y reiterada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictada en sentencia de fecha 9 de agosto de 1995, posteriormente ampliada el 23 de octubre de 1996 y ratificada el 19 de febrero de 1998 y 3 de junio del mismo año; el Tribunal en consecuencia deja constancia que a partir de la notificación de la última de las partes, y/o de sus apoderados judiciales comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de Despacho previstos en el Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el lapso de tres (03) días de despacho establecido en el artículo 90 ejusdem, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa su curso legal. Líbrense Boletas de Notificación.- Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES. EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VGJ/o
Exp. 97-6102





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES.

Los Teques, 28 de abril de 2004.
194º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano ALEJANDRO RONDON LOPEZ, Venezolano, mayor de edad y titular de la C.I. No. V-958.290, y/o a su apoderado judicial Abogado MARIO JOSE TORREALBA, parte actora en el juicio que por REIVINDICACION, sigue por ante este Tribunal contra el ciudadano RICARDO THERESE CASTRO, que por auto de esta misma fecha me AVOQUE al conocimiento de la causa y una vez conste en autos la notificación de la última de las partes, empezará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho establecido en el Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. Y vencido dicho lapso empezará a correr el lapso de tres (3) días de despacho mencionado en el artículo 90 ejusdem, y una vez concluido dicho lapso, la causa continuará su curso legal.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VGJ/o
97-6102

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES.

Los Teques, 28 de abril de 2004.
194º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano RICARDO THERESE CASTRO, Venezolano, mayor de edad y titular de la C.I. No. V-4.290.634, y/o a su apoderado judicial Abogado MARDONIO A. JIMENEZ, parte demandada en el juicio que por REIVINDICACION, sigue por ante este Tribunal en su contra el ciudadano ALEJANDRO RONDON LOPEZ, que por auto de esta misma fecha me AVOQUE al conocimiento de la causa y una vez conste en autos la notificación de la última de las partes, empezará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho establecido en el Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. Y vencido dicho lapso empezará a correr el lapso de tres (3) días de despacho mencionado en el artículo 90 ejusdem, y una vez concluido dicho lapso, la causa continuará su curso legal.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VGJ/o
97-6102