REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintinueve (29) de abril de dos mil cuatro (2004).
194° y l45°

Vista la diligencia de fecha 26 de abril del año en curso, suscrita por el abogado JOSE ALVARADO VALERO REINOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.155, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual señaló, que en fecha 22 de marzo del año en curso, se ordeno agregar, por error involuntario, el oficio N° RIIE-1.0601, procedente de la Dirección de Migración y Zonas Fronterizas, los cuales rielan a los folios 172 al 181, ambos inclusive del expediente, el cual corresponde al expediente N° 11222.
Ahora bien, por cuanto de la revisión de la actas que integran el presente expediente se evidencia, que en efecto el referido oficio y sus anexos fueron agregados por error material involuntario, al presente expediente, y por cuanto el mismo corresponde al expediente N° 11222. este Tribunal acuerda el desglose del referido oficio y sus anexos y a los fines de subsanar el error cometido, se ordena agregar la misma al expediente N° 11222. Desglósese oficios y anexos. Cúmplase.-
EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
VJGJ/yza
EXP.N° 11229.