REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cinco (05) de abril de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha 31 del mes próximo pasado, suscrita por el abogado en ejercicio, JUAN MORANTE, en su carácter de autos, mediante la cual consigna los fotostatos requeridos para la intimación de los ciudadanos RAUL GONZALEZ ALONSO y GONZALEZ GONZALEZ JULIAN, el Tribunal en consecuencia acuerda librar las boletas de intimación ordenadas en el auto de admisión de fecha 30 de marzo del presente año, y adjuntarle las copias certificadas de la demanda y del auto de admisión. Certifíquense las copias fotostáticas consignadas, adjúntese a las boletas de intimación, entréguense al Alguacil del Tribunal y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp.No. 13875

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques.-
Los Teques, 05 de abril de 2004
193º y 145º
BOLETA DE INTIMACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano RAUL GONZALEZ ALONSO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 2.954.086, en su carácter de parte intimada en el Juicio que por ESTIMACION e INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue en su contra el abogado JUAN CARLOS MORANTE, el cual se sustancia en el expediente No.13875, que deberá comparecer ante dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última intimación, a fin de que pague o acredite haber pagado al abogado antes mencionado la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000.000,oo), en que estima sus honorarios profesionales, o formule oposición a la misma. Igualmente se le hace saber a la intimada el derecho que le asiste a la retasa, de acuerdo al primer aparte de la Ley de Abogados en su artículo 22, y en caso de formular oposición a la cantidad intimada, se entenderá abierta una articulación probatoria de ocho días de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido intimado por el Alguacil del Tribunal.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
INTIMADO,
______________________
FECHA:_______________
VJGJ/nr
EXP. N° 13875
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques.-
Los Teques, 05 de abril de 2004
193º y 145º
BOLETA DE INTIMACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano JULIAN GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 6.270.147, en su carácter de parte intimada en el Juicio que por ESTIMACION e INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue en su contra el abogado JUAN CARLOS MORANTE, el cual se sustancia en el expediente No.13875, que deberá comparecer ante dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última intimación a fin de que pague o acredite haber pagado al abogado antes mencionado la cantidad de TRESCIENTOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000.000,oo), en que estima sus honorarios profesionales, o formule oposición a la misma. Igualmente se le hace saber a la intimada el derecho que le asiste a la retasa, de acuerdo al primer aparte de la Ley de Abogados en su artículo 22, y en caso de formular oposición a la cantidad intimada, se entenderá abierta una articulación probatoria de ocho días de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido intimado por el Alguacil del Tribunal.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
INTIMADO,
______________________
FECHA:_______________
VJGJ/nr
EXP. N° 13875
Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado con el Nº 13875, contentivo del Juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue ante este Tribunal el abogado JUAN CARLOS MORANTE HERNANDEZ contra los ciudadanos RAUL GONZALEZ ALONSO Y JULIAN GONZALEZ GONZALEZ. Los cuales fueron autorizados por la Juez de éste Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, cinco (05) de abril de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA