REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
En horas de despacho del día de hoy, 05 de abril de 2004, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto de POSICIONES JURADAS, acordadas mediante auto de fecha 15 de marzo de 2004; se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal en forma de Ley y compareció el ciudadano: NESTOR CALIXTO OBREGON YANEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº625.188, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº3.126, quien actúa en representación de sus derechos y parte demandante en el presente juicio de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES. Así mismo compareció el ciudadano: MIGUEL ANGEL MARTINEZ YANEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº622.072, en su carácter de Gerente y Representante Legal de la Empresa ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A. Seguidamente, la parte promovente pasa a formular las POSICIONES JURADAS, a la parte demandada de la siguiente manera: PRIMERO: Diga el absolvente como es cierto que, procediendo en su condición de Representante Legal, de la ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A., en su escrito de contestación a la intimación que le efectué a dicha empresa, conviene formalmente en que contrató mis servicios como abogado asistente primero y luego como apoderado judicial de la administradora CENTRO MIRANDA C.A. CONTESTO: si es cierto. SEGUNDA: Diga el absolvente como es cierto que, la contratación de mis servicios profesionales estaba encaminada a demandar la Resoluciòn de un Contrato de Arrendamiento. CONTESTO: absolutamente cierto. TERCERO: Diga el absolvente como es cierto que el contrato de arrendamiento a resolver, fue el celebrado entre la ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A. y el ciudadano NIKOLAS BAKOPOULOS CUMA. CONTESTO. Es totalmente cierto. CUARTA: Diga el absolvente como es cierto que el contrato de arrendamiento celebrado, tenía como objeto el local único del Edificio San Miguel, perteneciente a MANUEL PEREIRA VENTURA. CONTESTO: si es cierto. QUINTA: Diga el absolvente como es cierto que en la oportunidad de contratar verbalmente mis servicios profesionales, convinimos extrajudicialmente en los honorarios a cobrar por mi actividad. CONTESTO: si es cierto. SEXTA: Diga como es cierto que el monto de los honorarios convenidos verbal y extrajudicialmente, fue la cantidad de DOCE MILLONES DE BOLIVARES. CONTESTO: también es cierto. SEPTIMA: Diga el absolvente como es cierto que para la presente fecha la ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A. sólo me ha pagado la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES. CONTESTO: absolutamente cierto. OCTAVA: Diga el absolvente como es cierto que, para la presente fecha la ADMINISTRADORA CENTRO MIRANDA C.A., me debe la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES. CONTESTO: ciertamente. Cesaron. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman .
EL JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
PARTE DEMANDANTE
EL ABSOLVENTE
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
EXP. Nº14121 rosa*