REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 05 de abril de 2004
193° y 145°


DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: Se acuerda calificar como flagrantes los hechos sometidos al conocimiento de este Tribunal de conformidad al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario por cuanto existen diligencias necesarias por practicar para el esclarecimiento de los hechos y vista la facultad conferida al Ministerio Público de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal se Ordena se prosiga las averiguaciones por vía del procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 ejusdem. SEGUNDO: Por estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal es decir está acreditada la existencia de un hecho punible HURTO CALIFICADO CON FRACTURA, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4 del Código Penal que merece pena privativa de libertad de prisión de 3 años a 5 años y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, fundados elementos de convicción para estimar que los imputados: HERNANDEZ SANCHEZ ALEX JOHAN, HERRERA FONSECA OSCAR ALEJANDRO, BURGOS RUBIO ERICK MANUEL , SUAREZ CHIRINOS TOMAS JAVIER Y ACEVEDO ZAÁ EDGAR MANUEL. han sido autores de la comisión del hecho punible, tal como consta en las actas policiales levantadas por los funcionarios del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda y demás actuaciones del expediente, y existe una presunción razonable de peligro de fuga determinado por el artículo 252 numeral 3 como lo es la magnitud del daño causado, en consecuencia se ordena librar Boleta de Encarcelación dirigido al Internado Judicial de Los Teques. TERCERO: Se ordena la remisión de las actuaciones a la fiscalía actuante en el lapso legal correspondiente.
Regístrese, publíquese, diarícese.
La Juez

ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria

HILDA OROPEZA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.
La Secretaria

HILDA OROPEZA


Causa N° 2C32154/04
RAO/HO/angela.-