REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 29 de Abril 2004.-
194° y 145°
Causa: N° 3C 9807/02
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza.-
Secretaria: Abg. Marzolayde Chacon.-
Fiscal 1° del Ministerio Público: Dr. Eddi Rosales Sannazzaro.-
Defensora Pública Penal: Dra. Raquel Morillo.-
Imputados: Guevara Jeferson Anderson y Lopez Blondell Rodolfo Antonio.-
Delito: Hurto Calificado

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de la causa signada con el N° 3C9807/02, seguida en contra de Guevara Jeferson Anderson y Lopez Blondell Rodolfo Antonio; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de lo anterior se DECRETA el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, así como el cese de la condición de imputado de los ciudadanos Guevara Jeferson Anderson y Lopez Blondell Rodolfo Antonio.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Remítase las actuaciones de inmediato al Fiscal del Ministerio Público respectivo.-
La Juez de Control N° 3

Dra. Rosa Elena Rael Mendoza La Secretaria
Abg. Marzolayde Chacon
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Marzolayde Chacon

Causa N° 3C 9807/02
RER/MC/lola.-