REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 05 de Abril de 2004.-
193° y 145°

Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés
Fiscal 3° del Ministerio Público: Dr. Damiano D’angelo
Solicitantes: Adolfo Raúl Moreno Vega.-
Secretaria: Abg. Ingrid Carolina Moreno
Solicitud: Entrega de Vehículo, conforme al contenido del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.-
DECISIÓN

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara el Desistimiento Tácito de la solicitud interpuesta en fecha 29/10/2001, por el ciudadano Adolfo Raúl Moreno Vega, titular de la cédula de identidad N° V-15.166.259, consignada por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en relación a la entrega del vehículo moto Gilera, marca: piaggio, tipo: scooter, serial de motor M081M*24821*; por aplicación analógica del contenido del tercer, cuarto y quinto aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Se declara Temeraria la actuación del solicitante.-
Notifíquese a las partes, de la presente decisión, conforme al único aparte del Artículo 175 del texto adjetivo penal. Publíquese en cartelera boleta de notificación del solicitante, de conformidad a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 181 ejusdem.-
Remítanse las actuaciones en su oportunidad legal, al Fiscal del Ministerio Público en virtud de tratarse de actuaciones en original que constituyen el soporte documental de la investigación.-
Regístrese, Publíquese, déjese copia. Cúmplase
Causa: 6CS588-01